viernes, 9 de mayo de 2014

Derecho probatorio




Las pruebas son necesarias para que decidas, en aras de la presunción de mi inocencia.

Se decretarán en los términos señalados, de manera proporcional a mis procesos, en intervención del tuyo, para que esclarezcas mis sanas pretensiones y como juez determines el hecho tangible, la obra natural, las causas notorias, mis afirmaciones, negaciones inacabadas...indefinidas.

La formalidad y la legitimidad, no son violatorias de tus derechos y garantías.

Sitúate como el investigador conducente; permíteme el contrato directo, el conocimiento derivado.


Si los acontecimientos no te han permitido verbalizar la idea, reabre esta prueba, en el oficio de mis certezas, en mis privilegios congruentes y conducentes a la sonrisa cómplice del después.

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